Micelio
Auto5 de mayo de 2020

A- de 2020

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 568/20

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Impedimento magistrados de la Corte Constitucional.

Dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretada por el Gobierno Nacional, le correspondió a la Corporación realizar el control automático de constitucionalidad del Decreto Legislativo 568 del 15 de abril del 2020, mediante el cual se creó el impuesto solidario por el COVID-19.

Los nueve magistrados de la Sala Plena manifestaron su impedimento para participar en dicho control, argumentando la causal contemplada en el artículo 25 del Decreto 2067 de 1991, esto es, “tener interés directo en la decisión”.

Los togados alegaron que la referida norma establece un impuesto solidario cuyo sujetos pasivos son los servidores públicos que reciban salarios y honorarios mensuales periódicos de diez millones de pesos o más, incluyendo aquéllos servidores pertenecientes a la Rama Judicial, y dado que ellos son sujetos pasivos de dicho impuesto, estarían incursos en la causal de impedimento antes descrita.

Consideró la Sala de Conjueces que ellos hacen parte de los trabajadores del sector privado que ganan más de diez millones de pesos y como tal, también podrían aducir un interés sobre el caso, similar al mencionado por los magistrados titulares, con lo cual el control constitucional se tornaría imposible.

Concluyó la precitada Sala que no existe un claro y directo compromiso con la objetividad y neutralidad de los magistrados y magistradas de la Corte que justifique su separación del conocimiento del caso y que, por el contrario, se resalta la importancia de preservar a los mismos en el ejercicio de su función de control automático de constitucionalidad de normas de excepción.

Se DENIEGAN lo impedimentos formulados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. En merito de lo expuesto, esta sala de conjueces
  2. RESUELVE
  3. NEGAR el impedimento manifestado por los magistrados Carlos Bernal Pulido, Diana Fajardo Rivera, Luis Guillermo Guerrero Perez, Alejandro Linares Cantillo, Antonio Jose Lizarazo Ocampo, Gloria Stella Ortiz Delgado, Cristina Pardo Schlesinger, Jose Fernando Reyes Cuartas y Alberto Rojas Rios, para intervenir y decidir dentro del proceso de control automatico de constitucional del decreto legislativo 568 del 15 de abril de 2020, "Por el cual se crea el impuesto solidario por el COVID 19, dentro del Estado de Emergencia Economica, Social y Ecologica dispuesto en el Decreto Legislativo 417 de 2020",
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.